



ESTATUTOS UNIMA COSTA RICA
PREÁMBULO
La UNIMA (Unión Internacional de la Marioneta) es una Organización Internacional no Gubernamental que reúne a personas del mundo entero que contribuyen al desarrollo del arte de la Marioneta, con el objetivo de, mediante este arte, servir a los valores humanos tales como la paz y la comprensión mutua entre los pueblos, cualquiera que sea su raza, sus convicciones políticas o religiosas, la diversidad de sus culturas, en conformidad con el respeto a los derechos fundamentales del ser humano, tal y como son definidos en la Declaración Universal de los Derechos del Hombre de las Naciones Unidas de 10 de Diciembre de 1948. UNIMA Costa Rica es el Centro Nacional de UNIMA en Costa Rica.
1) FINES Y MEDIOS
El fin de la UNIMA es promover el arte de la marioneta. Este objetivo se puede realizar de la siguiente manera: a) Propiciando, a través de todas las formas posibles de comunicación, contactos e intercambios entre titiriteros de todas las naciones y continentes; b) Organizando congresos, conferencias, festivales, exposiciones y concursos o dando su apoyo oficial; c) Acudiendo en ayuda de sus miembros para garantizar sus intereses democráticos, sindicales, financieros y jurídicos en el marco de sus actividades profesionales; sobre todo haciendo recomendaciones o sometiendo propuestas a las instancias competentes; d) Estimulando la formación profesional; e) Profundizando en la investigación histórica, teórica y científica; f) Manteniendo vivas las tradiciones así como alentando la renovación del arte de la marioneta; g) Proponiendo la marioneta como medio de educación ética y estética; h) Participando en los trabajos de organizaciones internacionales que tengan fines similares;
2) ADHESIÓN A LA UNIMA
a) Toda persona interesada en el arte de la marioneta puede ser miembro de la UNIMA. b) La adhesión a la UNIMA es individual. c) Es el Centro Nacional UNIMA Costa Rica quien recibe y administra las adhesiones en Costa Rica. Al menos una vez por año la Junta de UNIMA Costa Rica transmite la lista de miembros a la secretaría general de la UNIMA con el fin de permitir el cálculo de las cotizaciones debidas por UNIMA Costa Rica y para que los carnets de miembros puedan ser fabricados. d) UNIMA Costa Rica recibe las adhesiones de personas de su propia nacionalidad o de personas que residen de forma permanente en Costa Rica. Si, por razones personales, culturales, políticas o por cualquier otra razón, una persona o un grupo solicita ser miembro de UNIMA Costa Rica que no es aquel ni de su nacionalidad ni de su residencia, debe someter su solicitud al [1]Comité Ejecutivo de UNIMA a su secretario general. El Comité Ejecutivo dará su aprobación después de consultar a UNIMA Costa Rica. e) En caso de no-admisión por parte UNIMA Costa Rica, un candidato puede apelar ante el Comité Ejecutivo, en conformidad con los estatutos internacionales. f) Las personalidades que hayan adquirido méritos excepcionales en el desarrollo del arte de la marioneta y cuyo trabajo tenga una proyección internacional pueden ser nombrados miembros de honor de UNIMA Costa Rica.
2.1) DERECHOS DE LOS MIEMBROS Cada miembro de la UNIMA tiene derecho a: a) Recibir un carnet de miembro; b) Ser elegido en todas las instancias de la UNIMA, según las disposiciones del Reglamento de Orden Interno, en la medida en que esté al día en sus cotizaciones; c) Beneficiarse de todas las ventajas que resulten de la pertenencia a la UNIMA (informaciones internacionales, participación en intercambios internacionales, asistencia profesional, becas, etc.); d) Participar en los Consejos y en los Congresos.
2.2) DEBERES DE LOS MIEMBROS Cada miembro de la UNIMA Costa Rica está obligado a: a) Esmerarse en cumplir los objetivos de la UNIMA Costa Rica; b) Respetar los Estatutos y el Reglamento de Orden Interno de la UNIMA Costa Rica; c) Pagar las cuotas fijadas por UNIMA Costa Rica en Asamblea General; d) Los miembros de honor no pagan cotización.
2.3) PERDIDA DE LA CALIDAD DE MIEMBRO Deja de ser miembro de la UNIMA Costa Rica: a) El que ha sido sancionado o excluido porque su actividad no corresponde a los principios fundamentales de la UNIMA Costa Rica o que ha infringido gravemente los Estatutos; b) El que ha comunicado por escrito su dimisión; c) El que no ha pagado la cotización durante más de un año. d) Es la Junta Directiva de UNIMA Costa Rica quien decide la exclusión de un miembro en caso de: conducta que atente contra el buen nombre de la organización o por realizar actividades contrarias a la estabilidad, armonía y amistad de los miembros; cuando un miembro actúe en nombre de la organización sin estar facultado para ello; uso indebido de los activos físicos y económicos de la organización. Previo al acuerdo de expulsión del miembro, la Junta Directiva deberá comunicarle por escrito que se encuentra dentro de alguna de las causales de expulsión. e) Cuando se trate de una exclusión por parte de UNIMA Costa Rica, el miembro puede apelar al Comité Ejecutivo. En el caso de exclusión por parte de la Junta Directiva, la apelación puede ser hecha ante la Asamblea General.
3) LAS INSTANCIAS DE LA UNIMA
Las instancias de la UNIMA Costa Rica son: la Asamblea General, la Comisión de Control o fiscalía, y la Junta Directiva.
3.1) LA ASAMBLEA GENERAL La Asamblea General, instancia suprema de la UNIMA Costa Rica, se compone de todos los miembros de UNIMA Costa Rica que estén en regla con sus anualidades. La Asamblea General tiene lugar cada año. Puede tomar decisiones si fue convocada de forma legal. Toma las decisiones por mayoría simple. Una Asamblea General extraordinaria debe ser convocada, cuando lo soliciten al menos dos tercios de los miembros. La Asamblea General tiene plenos poderes en lo que concierne a la gestión de la Organización: a) Aprueba el informe de actividad de la Junta Directiva ; b) Aprueba el informe de la Comisión de Control; c) Decide sobre la orientación y el programa de actividad hasta la próxima Asamblea General; d) Aprueba las modificaciones de los Estatutos y del Reglamento de Orden Interno; e) Trata las mociones y propuestas de resolución que le son presentadas; f) Toma las decisiones sobre los casos de quejas y recursos; g) Elige los miembros de la Junta Directiva y de la Comisión de Control; h) Forma las Comisiones, define sus objetivos y elige a sus Presidentes; i) Fija los montos de las cotizaciones
3.b) LA JUNTA DIRECTIVA La Junta Directiva está compuesta por Presidente, Secretario, Tesorero, Vocal (pueden haber dos vocales si hay más personas que se quieran comprometer). La Junta Directiva se encarga de dirigir la actividad de la UNIMA en Costa Rica entre Asambleas. La Junta Directiva es responsable de vigilar se respeten los estatutos y el Reglamento de Orden Interno. El Presidente representa a UNIMA Costa Rica en todos los problemas jurídicos y preside por encima de la Junta Directiva. El Secretario coordina las actividades de UNIMA Costa Rica, informa al Comité Ejecutivo Internacional de tales actividades y organiza el trabajo de UNIMA Costa Rica. Cada vez que UNIMA Costa Rica hace un cambio en sus estatutos o en sus reglamentos internos y cada vez que nuevos consejeros son elegidos el Secretario debe informarlo al Comité Ejecutivo Internacional. El Secretario General es responsable, junto con el Tesorero, de las finanzas de UNIMA Costa Rica. Cada año, antes del primero de abril, el Secretario paga las cotizaciones internacionales adeudadas a UNIMA y envía una lista de los miembros de UNIMA Costa Rica a la secretaría general internacional, así como una lista de los miembros de la Junta Directiva, y de los consejeros elegidos por UNIMA Costa Rica. El Tesorero es responsable, junto con el Secretario General, de las finanzas de UNIMA Costa Rica. Él lleva las cuentas. Corresponde al Vocal, ayudar en las tareas que le encargue la Junta Directiva y sustituir según su orden en forma temporal, cuando se ausente algún miembro de la Junta Directiva. La Junta Directiva tendrá una vigencia de dos años a partir de su nombramiento, pudiendo ser reelectos en votación pública si la mayoría de los miembros así lo solicitaren.
3.c) LA COMISION DE CONTROL O FISCALÍA La Comisión de Control o fiscalía debe: a) verificar las cuentas de la UNIMA Costa Rica administradas por el Tesorero y el Secretario General; b) Velar por el fiel cumplimiento de la Ley y el Estatuto, así como los acuerdos y reglamentos que emita la organización. c) Rendir un informe anual a la Asamblea General Ordinaria. d) Oír las quejas de los miembros y realizar las investigaciones pertinentes. e) Solicitar la convocatoria a Asamblea General Extraordinaria cuando lo considere necesario. f) Participar con voz, pero sin voto en las sesiones de Junta Directiva donde se tratan asuntos que tengan injerencia con su gestión. g) 3.d.2) Los miembros de la Comisión de Control no pueden ser miembros del Comité Ejecutivo;
4) DESIGNACIÓN OFICIAL, SEDE Y REPRESENTACION JURIDICA
La designación oficial de la Organización es: UNIMA Costa Rica La sede de UNIMA Costa Rica es la misma de la Secretaría. En cuestiones de derecho, la UNIMA estará representada por su Presidente.
5) LENGUAS OFICIALES
La lengua adoptada es el español.
6) LAS FINAZAS
UNIMA Costa Rica está financiada por: a) Las anualidades de sus miembros; b) Donaciones, legados y subvenciones; c) Ingresos diversos resultantes de su actividad.
7) DISOLUCIÓN
La decisión de disolución de la UNIMA Costa Rica es tomada por la Asamblea por mayoría de dos tercios. La Asamblea decide igualmente el procedimiento de liquidación. El Comité ejecutivo dirige la actividad de la UNIMA Internacional entre congresos. El Comité ejecutivo tiene como tareas: realizar el programa de actividad definido por el congreso, velar por el cumplimiento de los Estatutos y del Reglamento de Orden Interno, tomar en consideración los informes y mociones que le sean presentados, dar su aprobación al presupuesto anual de la UNIMA y a su utilización, aprobar el informe anual del secretario general.